Sentencia Contencioso de Corte Suprema de Justicia (Panama), 3ª de lo Contencioso Administrativo y Laboral, 23 de Noviembre de 2015

PonenteNelly Cedeño de Paredes
Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2015
EmisorTercera de lo Contencioso Administrativo y Laboral

VISTOS: El licenciado A.E.S., actuando en su condición de apoderado judicial de L.M.P., interpuso proceso sumario de reclamación de indemnización por despido injustificado, contra la Resolución Administrativa No. 319-2015 de 5 de mayo de 2015, emitida por la Autoridad Marítima de Panamá. La suscrita, M.S., mediante Resolución fechada 28 de octubre de 2015 no admite el proceso sumario, fundamentada en el hecho de que la demandante no había agotado la vía gubernativa, aspecto fundamental que debía cumplir para acceder a la jurisdicción contenciosa administrativa, según las normas contenidas en la Ley 135 de 1943, modificada por la Ley 33 de 1946. Contra esta decisión, el apoderado legal del señor L.M.P. al momento de notificarse de dicha resolución, anuncia Recurso de Apelación. Sin embargo, dentro del término legal en que debía sustentar la apelación, según lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 1137 del Código Judicial, presenta escrito desistiendo del recurso de apelación anunciado. Ante la solicitud presentada, procede admitir el desistimiento del Recurso de Apelación anunciado, tal como lo establece el artículo 1087 del Código Judicial. En consecuencia...

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