sustraccion materia
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia dentro de la demanda de inconstitucionalidad promovida por la firma forense tapia, linares y alfaro, en su propio nombre y representación, para que se declare inconstitucional el acuerdo no. 95 de 20 de septiembre de 2011, por el cual el “consejo municipal de panamá, optimiza los mecanismos de fiscalización tributaria y modifica el acuerdo municipal no. 40 de 19 de abril de 2011, que organiza y actualiza el régimen tributario”.
- Fallo N° S/N. Por el cual se decreta sustracción de materia en el presente proceso contencioso administrativo de nulidad presentado por el licenciado porfirio a. palacios cedeño, actuando en representación de robin armando tatis carles, para que se declare nula, por ilegal, la resolución no. 9-17 sgp de 05 de julio de 2017, emitida por el consejo administrativo de la universidad de panamá (apartados primero y segundo), su acto confirmatorio y para que se hagan otras declaraciones.
- Fallo N° S/N de martes 20 de octubre de 2015, POR EL CUAL SE DECLARA QUE SE HA PRODUCIDO EL FENÓMENO JURÍDICO DE SUSTRACCIÓN DE MATERIA EN LA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR LA FIRMA FORENSE RODRÍGUEZ, RODRÍGUEZ & ABOGADOS, EN REPRESENTACIÓN DEL MUNICIPIO DE SANTA FE Y OTRAS ORGANIZACIONES DEL DISTRITO, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN NO. 2011-439 DE 29 DE JULIO DE 2011, EXPEDIDA POR LA DIRECCIÓN NACIONAL DE RECURSOS MINERALES DEL MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIAS.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara que no son ilegales los artículos 13, 19, 20, 72, 85, 89, 145, 146 (numerales 1 y 2), 147, 147-a, 147-b, 148, 151, 152 y 153, 157 y 158 del decreto ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010 proferido por el ministerio de educación; que son nulos, por ilegales, los artículos 92, el numeral 1 del artículo 149 y el artículo 150 del decreto ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010. que hay sustracción de materia en cuanto a los artículos 10 y 21 del decreto ejecutivo 511 de 5 de julio de 2010 proferido por el ministerio de educación, en virtud de que fueron derogados por el artículo 18 del decreto ejecutivo 176 de 30 de marzo de 2011. y que hay cosa juzgada en cuanto al numeral 3 del artículo 146 del decreto ejecutivo 511 del 5 de julio de 2010, proferido por el ministerio de educación, toda vez que la sala tercera de la corte supremas de justicia, se pronunció sobre el mismo a través de fallo de 7 de enero de 2015.
- Acuerdo N° S/N. Por el cual se declara sustraccion de materia, en la demanda contenciosa administrativa de nulidad interpuesta por el licenciado luis guerra, actuando en su propio nombre y representación para que se declare nulo por ilegal el contrato no. gg-101-2018 de 16 de octubre de 2018 y sus anexos si existiere suscrito entre la empresa de transmisión eléctrica, s.a (etesa) y la empresa panama commercial properties, s.a.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia, dentro de la demanda de nulidad, interpuesta por la licenciada maría fábrega, actuando en su propio nombre y representación, para que se declare nula, por ilegal, la resolución no. 064-19 de 04 de junio de 2019, emitida por el patronato del sistema único de manejo de emergencias 9-1-1.
- Fallo Nº S/N de 10 de marzo de 2014, POR EL CUAL SE DECLARA SUSTRACCIÓN DE MATERIA DENTRO DE LA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE PLENA JURISDICCIÓN INCOADA POR FERNANDO NÚÑEZ FÁBREGA PARA QUE SE DECLAREN NULOS POR ILEGALES, LOS ACUERDOS No 101-40-40 DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2009 Y EL ACUERDO No. 101-40-44 DE 20 DE OCTUBRE DE 2009, EMITIDOS POR EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COLON.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia en la demanda contencioso-administrativa de nulidad interpuesta por la licenciada stephanie dianne salas simons, en su propio nombre y representación, contra el contrato no. al-1-164-07 celebrado el día 4 de diciembre de 2007, entre el ministerio de obras públicas y la empresa conalvías, s.a.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia, en la demanda de inconstitucionalidad, interpuesta por el licenciado antonio vargas de león actuando en representación de la confederación nacional de unidad sindical independiente (conusi), para que se declaren inconstitucionales los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 7 del decreto ejecutivo no.228 del tres (3) de diciembre de dos mil veinte (2020), publicado en gaceta oficial no. 29169 del cuatro (4) de diciembre de dos mil veinte (2020).
- Fallo N° S/N de martes 04 de agosto de 2015, POR EL CUAL SE RECHAZA LA SOLICITUD DE SUSTRACCIÓN DE MATERIA PROPUESTA POR LA FIRMA RUBIO SOLÍS, & ABREGO, EN REPRESENTACIÓN DE PROPIEDADES LA ENSENADA, S.A. DECLARA NULO, POR ILEGAL EL RESUELTO No. 186 DE 8 DE JULIO DE 2005, EMITIDO POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO URBANO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA., Y DECLARA NULO, POR ILEGAL EL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN ING. No. 360-05 DE 21 DE DICIEMBRE DE 2005, DICTADO POR EL INGENIERO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE ANTÓN.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia en la demanda de inconstitucionalidad propuesta por el licenciado josé antonio moncada en representación del magister tito rodríguez mena contra los numerales 1, 2 y 3 del artículo 226 del decreto no. 7 de 13 de marzo de 2013, modificado por el artículo 6 del decreto no. 11 de 24 de mayo de 2013 “por el cual se reglamentan las elecciones generales de 4 de mayo de 2014” y en consecuencia, ordena el archivo del expediente.
- Resolución de Gabinete N° 12. Que instruye al ministerio de la presidencia, a solicitar el levantamiento de las medidas cautelares concedidas a los contratos firmados con las empresas selex es, s.p.a. y telespazio argentina, s.a. y solicitar la sustracción de materia o desistimiento de la acción de las demandas de nulidad presentadas contra los contratos da-043-2010 y al-3-82-10
- Fallo N° S/N de miércoles 24 de mayo de 2017, POR EL CUAL SE DECLARA QUE SE HA PRODUCIDO EL FENÓMENO JURÍDICO DENOMINADO COMO SUSTRACCIÓN DE MATERIA EN LA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD INTERPUESTA POR EL LICENCIADO SEVERINO RODRÍGUEZ, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE ÁLVARO ARTURO VARELA FLORES, PARA QUE SE DECLARE NULA, POR ILEGAL, LA RESOLUCIÓN NO. 121-R-121 DE 7 DE ABRIL DE 2016, EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y, EN CONSECUENCIA, ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara que se ha producido el fenómeno jurídico denominado como sustracción de materia en la demanda contencioso administrativa de nulidad interpuesta por el licenciado severino rodríguez, actuando en nombre y representación de álvaro arturo varela flores, para que se declare nula, por ilegal, la resolución no. 121-r-121 de 7 de abril de 2016, expedida por el ministerio de seguridad pública y, en consecuencia, ordena el archivo del expediente.
- Fallo N° S/N. Declara que se ha producido el fenómeno jurídico de sustracción de materia, en la demanda contencioso-administrativa de nulidad interpuesta por la lcda. vanessa evelia lee morán, actuando en su propio nombre y representación, para que se declaren nulos por ilegales los numerales 2,3,4 y 5 del artículo 6 del decreto ejecutivo n°. 45 de 7 de junio de 2010, emitido por el ministerio de economía y finanzas, y en consecuencia, ordenan el archivo del expediente.
- Fallo N° S/N. Que declara que se ha producido el fenómeno jurídico de sustracción de materia, en la demanda contencioso-administrativa de nulidad, presentada por el licenciado narciso machuca gómez, actuando en nombre y representación de paula maría gonzález ferreiro (alcalde del distrito de penonomé), para que se declaren nulos por ilegales, los artículos segundo, tercero y quinto del acuerdo n° 04 de 08 de abril de 1992, emitido por el consejo municipal de penonomé. se ordena el archivo del expediente n° 292312020.
- Fallo N° S/N. Por el cual se decreta sustracción de materia en el presente proceso contencioso administrativo de nulidad presentado por la firma alemán, cordero, galindo & lee, actuando en representación de elektra noreste, s.a., para que se declarara nula, por ilegal, el aparte 1 . 1 . 2 . 5 . 35 . 01 (aparatos de medir energía) del artículo 10 del acuerdo no. 101-40-54 de 1 de noviembre de 2010, emitido por el consejo municipal de colon.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara que se ha producido el fenómeno jurídico de sustracción de materia en la demanda contencioso administrativa de nulidad, interpuesta por la firma forense rodríguez, rodríguez & abogados, en representación del municipio de santa fe y otras organizaciones del distrito, para que se declare nula, por ilegal, la resolución no. 2011-439 de 29 de julio de 2011, expedida por la dirección nacional de recursos minerales del ministerio de comercio e industrias.
- Fallo N° S/N de jueves 02 de junio de 2016, POR EL CUAL SE DECLARA SUSTRACCIÓN DE MATERIA EN LA DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, INTERPUESTA POR EL LICENCIADO PEDRO MEILÁN, EN SU PROPIO NOMBRE Y REPRESENTACIÓN PARA QUE SE DECLARE NULO, POR ILEGAL, DEL ARTÍCULO 1, LA PARTE DIRECCIÓN DE INVERSIONES, CONCESIONES Y RIESGOS, LOS NUMERALES 1, 2, 3, 4 Y 5 DE LA RESOLUCIÓN DS/AL-NO.090 DE 22 DE OCTUBRE DE 2010, EXPEDIDA POR EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS, Y EN CONSECUENCIA, ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.
- Resolución de Gabinete N° 12 de martes 23 de febrero de 2016, QUE INSTRUYE AL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, A SOLICITAR EL LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES CONCEDIDAS A LOS CONTRATOS FIRMADOS CON LAS EMPRESAS SELEX ES, S.P.A. Y TELESPAZIO ARGENTINA, S.A. Y SOLICITAR LA SUSTRACCIÓN DE MATERIA O DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN DE LAS DEMANDAS DE NULIDAD PRESENTADAS CONTRA LOS CONTRATOS DA-043-2010 Y AL-3-82-10
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara que ha operado el fenómeno jurídico de sustracción de materia, en relación al recurso de apelación interpuesto contra la resolución de 2 de junio de 2010 que admite la demanda contencioso administratva de nulidad, presentada por el licenciado víctor manuel martínez cedeño, actuando en su propio nombre y representación, para que se declaren nulas, por ilegales, algunas frases contendidas en la cláusula décimo quinta del contrato n.°07-96 de 6 de agosto de 1996, suscrito por el ministerio de obras públicas.
- Fallo N° S/N. Por el cual, en la demanda contencioso administrativa de nulidad para que se declare nula, por ilegal, la resolución de gabinete no. 4 de 15 de enero de 2013, dictada por el consejo de gabinete de la república de panamá que interpuso el licenciado juan carlos henríquez, actuando en su propio nombre y representación, declara que ha operado el fenómeno de sustracción de materia; y como consecuencia de lo anterior se ordena el archivo del expediente.
- Fallo N° S/N. Por el cual declara que se ha producido el fenómeno jurídico de sustracción de materia en la demanda contencioso administrativa de nulidad, presentada por los apoderados judiciales de la sociedad petrolera nacional s.a., para que se declare nulo, por ilegal, el artículo 16 del punto primero de la resolución an no. 1442-elec de 15 de enero de 2008, emitida por la autoridad nacional de los servicios públicos (asep), y ordena el archivo del expediente
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia en la demanda contencioso administrativa de nulidad presentada por el licenciado álvaro antonio hernández zambrano, para que se declaren nulos, por ilegales, el numeral 18 del artículo 1 y el artículo 3, ambos del decreto ejecutivo no.21 de 28 de mayo de 2019, publicado en la gaceta oficial no.28783-b del 28 de mayo de 2019 y, en consecuencia, ordena el archivo del expediente.
- Fallo N° S/N. Por el cual se declara sustracción de materia dentro de la demanda contencioso administrativa de nulidad, interpuesta por el licenciado carlos e. villalobos jaén, en representación de luis antonio ríos espinosa, para que se declare nula, por ilegal, la resolución no. d.n. 4-1627 de 9 de septiembre de 2002, dictada por la dirección nacional de reforma agraria (hoy autoridad nacional de administración de tierras-anati).