Ética profesional
- Fallo N° S/N. Por la cual sanciona con la suspensión del ejercicio de la profesión de abogado por un término de cinco (5) años a la licenciada elzebith rumina tingling forsythe por infractora de los artículos 6, 7, y 34 acápites b), ch) y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con amonestación pública, al licenciado elmer enrique acuña, abogado en ejercicio, idoneidad no.2864 de veintiuno (21) de octubre de mil novecientos noventa y tres (1993), por infractor del numeral 6 del artículo 37 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no.9 de 18 de abril de 1984, reformada por la ley no.8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se dispone: sancionar con suspensión por treinta (30) días al licenciado moisés granados sanguillén, abogado en ejercicio, del certificado de idoneidad profesional no. 15546, emitido según acuerdo no. 778 de 23 de agosto de 2011, por infringir el código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en el artículo 37, inciso 6, de conformidad con los artículos 18 y 20, numeral 3, de la ley 9 de 18 de abril de 1984, “por la cual se regula el ejercicio de la abogacía”, reformada por la ley 8 de 16 de abril de 1993, se ordena la respectiva publicación en la gaceta oficial.
- Fallo N° S/N de martes 31 de mayo de 2016, POR EL CUAL SE SANCIONA CON UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA AL LICENCIADO JUAN ANTONIO TELLO HINKSON, VARÓN, PANAMEÑO, MAYOR DE EDAD, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NO. 8-310-743, REGISTRO DE IDONEIDAD NO. 4922 DE 20 DE DICIEMBRE DE 1999, POR INFRACTOR DE LOS ARTÍCULOS 6, 7 Y 34 ACÁPITES B DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública, al licenciado rodolfo chang salcedo, abogado en ejercicio, por infringir el código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en sus artículos: 7, 10 en sus incisos a, b, d y e; artículo 14 en sus incisos a, b, c, d, e y f; artículo 37, en sus incisos 2,4 y, 6, de conformidad con los artículos 18 y 20, numeral 3, de la ley 9 de 1984, tal como ha sido modificada por la ley 8 de 1993 y se ordena la respectiva publicación en la gaceta oficial.
- Fallo N° S/N de martes 14 de noviembre de 2017, POR EL CUAL SE SANCIONA CON AMONESTACIÓN PÚBLICA AL LICENCIADO ROBERTO AUGUSTO VELÁSQUEZ HERNÁNDEZ, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL N°8-161-765, ABOGADO EN EJERCICIO, POR INFRACTOR DE ACÁPITE B DEL ARTÍCULO 10, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 11, 21 Y EL NUMERAL 4 DEL ARTÍCULO 37 DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON LOS ARTÍCULOS 18 Y 20 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado josé honorio ramírez arjona, varón, panameño, abogado en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 8-185-777, idoneidad no. 6988 de 15 de noviembre de 2002, por infractor de los artículos 7, 10, literales b), c) y d) y 37, numerales 2), 4), 5) y 6) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no. 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por la cual se sanciona con una amonestación pública a la licenciada débora maritza cruz martínez, mujer, panameña, abogada en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 8-803-37, idoneidad no. 11770 de 8 de julio de 2008, por infractora de los artículos 10, literal e) y 37, numeral 27, del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley no. 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley no. 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 31 de enero de 2018, POR LA CUAL SE SANCIONA CON UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA A LA LICENCIADA DÉBORA MARITZA CRUZ MARTÍNEZ, MUJER, PANAMEÑA, ABOGADA EN EJERCICIO, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NO. 8-803-37, IDONEIDAD NO. 11770 DE 8 DE JULIO DE 2008, POR INFRACTORA DE LOS ARTÍCULOS 10, LITERAL E) Y 37, NUMERAL 27, DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY NO. 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY NO. 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con la suspensión del ejercicio de la profesión de abogado por un término de un año (1) al licenciado carlos antonio broce castillo. por infractor de los artículos 5, 10 acápite b) y ch); y, 34 acápites ch), y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993; y, ordena el desglose y entrega de la letra de cambio que reposa a foja 35, al señor diógenes acevedo domínguez.
- Fallo N° S/N de martes 14 de marzo de 2017, POR EL CUAL SE SANCIONA CON LA SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO POR UN TÉRMINO DE UN AÑO (1) AL LICENCIADO CARLOS ANTONIO BROCE CASTILLO. POR INFRACTOR DE LOS ARTÍCULOS 5, 10 ACÁPITE B) Y CH); Y, 34 ACÁPITES CH), Y E) DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993; Y, ORDENA EL DESGLOSE Y ENTREGA DE LA LETRA DE CAMBIO QUE REPOSA A FOJA 35, AL SEÑOR DIÓGENES ACEVEDO DOMÍNGUEZ.
- Fallo N° S/N de miércoles 31 de enero de 2018, POR EL CUAL SE SANCIONA CON UNA AMONESTACIÓN PÚBLICA AL LICENCIADO JOSÉ HONORIO RAMÍREZ ARJONA, VARÓN, PANAMEÑO, ABOGADO EN EJERCICIO, CON CÉDULA DE IDENTIDAD PERSONAL NO. 8-185-777, IDONEIDAD NO. 6988 DE 15 DE NOVIEMBRE DE 2002, POR INFRACTOR DE LOS ARTÍCULOS 7, 10, LITERALES B), C) Y D) Y 37, NUMERALES 2), 4), 5) Y 6) DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY NO. 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY NO. 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 06 de julio de 2016, POR LA CUAL SE SANCIONA CON LA SUSPENSIÓN DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ABOGADO POR UN TÉRMINO DE UN AÑO (1) A LA LICENCIADA YENISELL MITZILA SERRANO JUÁREZ, ABOGADA EN EJERCICIO, CON REGISTRO DE IDONEIDAD NO. 9077, POR INFRACTORA DE LOS ARTÍCULOS 23 Y 34 ACÁPITE W) DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, EN CONCORDANCIA CON EL ARTÍCULO 18 DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, MODIFICADA POR LA LEY 8 DE 16 DE ABRIL DE 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con una amonestación pública al licenciado juan antonio tello hinkson, varón, panameño, mayor de edad, con cédula de identidad personal no. 8-310-743, registro de idoneidad no. 4922 de 20 de diciembre de 1999, por infractor de los artículos 6, 7 y 34 acápites b del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N de miércoles 31 de enero de 2018, POR EL CUAL LA SALA CUARTA DE NEGOCIOS GENERALES, SANCIONA CON TRES (3) AÑOS DE EXCLUSIÓN, DEL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA EN EL TERRITORIO NACIONAL, AL LICENCIADO RODRIGO MIRANDA MORALES, POR INFRACTOR DEL CAPÍTULO 1, LOS ARTÍCULOS 1 Y DEL ARTÍCULO 37, NUMERALES 16, 25, 26 DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 20 NUMERAL 3, DE LA LEY 9 DE 18 DE ABRIL DE 1984, REFORMADA POR LA LEY 8 DE ABRIL DE 1993, DENTRO DE LA DENUNCIA INTERPUESTA POR NICOLÁS ALBERTO PINEDA, EN REPRESENTACIÓN DE LA LICENCIADA NILKA VALDÉS VANEGAS. ESTA SANCIÓN, COMENZARÁ A REGIR A PARTIR DEL VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO (2018), AL VEINTIOCHO (28) DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTE (2020).
- Fallo N° S/N. Por el cual se sanciona con suspensión del ejercicio de la profesión de abogado por un término de cinco (5) años a la licenciada yenisell m. serrano juarez, mujer, panameña, abogada en ejercicio, con cédula de identidad personal no. 4-227-166, con registro de idoneidad no. 9077, con domicilio en ivu primavera, frente a la cancha, casa no. 16, david, provincia de chiriquí, por la infracción de los artículos 7 y 34 acápites ch), d), y e) del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, en concordancia con el artículo 18 de la ley 9 de 18 de abril de 1984, modificada por la ley 8 de 16 de abril de 1993.
- Fallo N° S/N. Por el cual la sala cuarta de negocios generales, sanciona con tres (3) años de exclusión, del ejercicio de la abogacía en el territorio nacional, al licenciado rodrigo miranda morales, por infractor del capítulo 1, los artículos 1 y del artículo 37, numerales 16, 25, 26 del código de ética y responsabilidad profesional del abogado, con fundamento en el artículo 20 numeral 3, de la ley 9 de 18 de abril de 1984, reformada por la ley 8 de abril de 1993, dentro de la denuncia interpuesta por nicolás alberto pineda, en representación de la licenciada nilka valdés vanegas. esta sanción, comenzará a regir a partir del veintiocho (28) de febrero de dos mil dieciocho (2018), al veintiocho (28) de febrero de dos mil veinte (2020).
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Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 1 de Julio de 2004
DENUNCIAS A LA ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO PRESENTADA POR CECILIO FISHER VALERO CONTRA ANÍBAL VALLARINO Y ALMA LÓPEZ DE VALLARINO
... de la Corte Suprema de Justicia la denuncia que por faltas a la ética y responsabilidad profesional del Abogado presentara el señor CECILIO ... - Código Nº S/N de 27 de enero de 2011, CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO.
- REGLAMENTO No. 2 de 1997 REGLAMENTO DE ETICA PROFESIONAL DEL DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD DE PANAMA.
- DECRETO No. 26 de 1984 APRUEBASE EL CODIGO DE ETICA PROFESIONAL PARA LOS CONTADORES PUBLICOS AUTORIZADOS.
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Ley N° 280. Escucharque regula el ejercicio de la profesión de contador público autorizado
... público autorizado es la persona que posee la idoneidad profesional establecida por la presente Ley y que está ?ç¡ facultada para ejercer ... Código de Etica ... Artículo 14. La Junta Técnica de Contabilidad velará ?ç¡ por ...
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Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 14 de Octubre de 2003
DENUNCIA POR SUPUESTAS FALTAS A LA ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO INTERPUESTA POR EL DR. MIGUEL ANTONIO BERNAL CONTRA LEONARDO BONADIES MORA
... , que según el denunciante, son claramente contrarias al Código de Ética que rige a los abogados en los artículos 4, 5, 8, 9, 14, 23 y 34 ... el Tribunal, pero de allí a que esto constituya una conducta profesional reprochable es realmente ridículo ... Independientemente de que sus ... -
Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 10 de Mayo de 2007
DENUNCIA POR FALTAS A LA ETICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO, INTERPUESTA POR JORGE REMIGIO CEDEÑO GALVEZ CONTRA LILIBETH E. RENGIFO
... RENGIFO por supuestas faltas a la ética y responsabilidad profesional del abogado denunciadas por el señor JORGE ... -
Sentencia Generales de Corte Suprema de Justicia (Panama), 4ª de Negocios Generales, 15 de Noviembre de 2004
DENUNCIA PRESENTADA POR LA SEÑORA ADRIANA ADRIAN MARTINÉZ. CONTRA EL LICENCIADO SIDNEY SITTON URETA.. POR SUPUESTAS FALTAS A LA ÉTICA Y RESPONSABILIDAD PROFESIONAL DEL ABOGADO
... de Abogados, el cuaderno que contiene la denuncia por Falta a la Ética Profesional y Responsabilidad del abogado interpuesta por la señora ...